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PLANTEAN DIPUTADOS CREAR CÓDIGO PARA EL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA EN LA ENTIDAD

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    Admin
  • 16 feb 2016
  • 2 Min. de lectura

El derecho a la información es un vehículo que contribuye a la vivencia efectiva de los derechos humanos: Diputado Julio Espín Navarrete.

Los diputados del Congreso de Morelos, dieron entrada a una iniciativa de ley para crear el Código para el Acceso a la información Pública, de la Transparencia y de la Protección de Datos Personales para el Estado de Morelos, que establece el acceso a la información pública en posesión de los sujetos obligados, así como regula y protege el acceso a la información personal que guardan en sus archivos las entidades públicas.


El derecho a la información constituye una pieza clave en la consolidación de todo Estado democrático, en razón de que facilita a los ciudadanos el escrutinio y participación en los asuntos públicos, al tiempo que es un vehículo que contribuye a la vivencia efectiva de los derechos humanos, señala el planteamiento expuesto ante el Pleno por el diputado Julio Espín Navarrete a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza.


La iniciativa en materia de protección de datos en posesión de entidades públicas del sector Estatal y Municipal, está integrada por 12 títulos, 25 capítulos y 141 artículos.


En su título primero señala las excepciones generales al derecho a la protección de datos personales; en tanto, en su título segundo reconoce y desarrolla los principios relativos al tratamiento de los datos personales; y el título tercero está dedicado a la regulación de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.


Continúa con el título cuarto donde incluye cuestiones como los mecanismos para cumplir con el principio de responsabilidad. El título quinto prevé las reglas básicas para la realización de transferencias y remisiones de datos personales tanto a nivel nacional como internacional, que sean solicitadas a alguno de los integrantes de los poderes del estado de Morelos.


Asimismo, el título sexto es relativo a acciones preventivas, refiere a dos temas innovadores incluidos en la iniciativa; por una parte, aborda cuestiones inherentes a la manifestación de impacto a la privacidad, y por otro lado versa sobre mejores prácticas que los responsables podrán desarrollar o adoptar para el cumplimiento de las obligaciones previstas.


El título octavo refiere la integración del Comité de Información; en tanto, en el título noveno establece las bases de la coordinación y promoción del derecho a la protección de datos personales; y el título décimo, es relativo a la coordinación del Instituto con el ente Superior de Fiscalización, el Instituto de documentación del Estado de Morelos y la Secretaria de la Contraloría.


En materia de medios de impugnación en el título décimo primero se establecen tres mecanismos que son el recurso de revisión que conoce el IMIPE, el recurso de inconformidad por parte del INAI y su facultad de atracción en asuntos de relevancia.


El título décimo segundo aborda cuestiones relativas a la facultad de vigilancia y verificación que tiene el Instituto, y el título décimo tercero está dedicado a establecer las medidas de apremio para asegurar el cumplimiento de las resoluciones del Instituto.


La propuesta, que fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación para su análisis y dictamen, destaca que “una sociedad bien informada será más participativa, más propositiva y contará con las herramientas necesarias para evaluar, de una mejor manera, a sus gobernantes, y ejercer sus derechos”.

 
 
 

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