TSJ aplica protocolos de protección a testigos
- Kimberly Sandoval
- 30 ago 2017
- 2 Min. de lectura

El juez oral informó que el artículo 366 del Código Nacional de Procedimientos Penales refiere que cuando los menores de edad sean testigos o víctimas de un delito deben dar su declaración en un especio aislado y se utilizan técnicas audiovisuales para evitar la confrontación con el imputado o la defensa
Siempre que se reciba el testimonio de menores de edad que sean víctimas o testigos de un delito y ello los afecte psicológica o emocionalmente, debe ser prioritario el interés superior de las niñas, niños y adolescentes, explicó David Ricardo Ponce González, Juez de Control, Juicio Oral y Ejecución del segundo distrito judicial con sede en Jojutla Morelos.
El juez oral informó que el artículo 366 del Código Nacional de Procedimientos Penales refiere que cuando los menores de edad sean testigos o víctimas de un delito deben dar su declaración en un especio aislado y se utilizan técnicas audiovisuales para evitar la confrontación con el imputado o la defensa.
“Los Tribunales de Juicio Oral cuentan con una sala especial de protección a testigos, para recabar, a través de medios audiovisuales, las declaraciones, es decir, el menor o aquellas víctimas de delitos como violación o secuestro, no se confrontan directamente en la sala donde se lleva el juicio con su contraparte; además, durante la declaración deben estar acompañados de familiares o peritos especializados para apoyarlos y evitar que las preguntas generen una revictimización”, subrayó Ponce González.
El juez David Ricardo Ponce, dijo que el testimonio que aportan los testigos es esencial para extraer información sobre los hechos que presenció aun cuando se trate de un menor de edad, tal como lo establece el artículo 49 del Código Nacional de Procedimientos Penales: “a quienes tengan entre 12 y menos de 18 años deben decir verdad, de lo contrario incurrirán en una conducta tipificada como delito, por ello deben hablar con la verdad”, citó.
“Los menores pueden ser testigos de cargo por el Ministerio Público y en el Tribunal tenemos estos lineamientos que debemos cumplir momento a momento en cuanto al desahogo de pruebas, sin embargo, el nombre del menor, ni su rostro se difunden, se concientiza esto con la fiscalía y la defensa porque se da prioridad a los derechos de los menores”, puntualizó.
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